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a través de Internet

Los lugares habilitados para realizar el pago son:
PAGO FÁCIL (de todo el país)
BANCO NACIÓN (Laguna Larga)
BANCO PROVINCIA (Laguna Larga)
MUNICIPALIDAD DE
LAGUNA LARGA

CENTRO COMERCIAL LAGUNA LARGA

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Vencimientos del año 2012

A los fines de que los contribuyentes puedan conocer las fechas de los vencimientos de las tasas y contribuciones municipales correspondientes al año 2012, la Secretaría de Economía y Finanzas del municipio informa sobre el cronograma de vencimientos para los cada tributo, el cual es el siguiente;


Automotores
La Contribución que incide sobre Los Automotores, Acoplados y Similares, que percibe este Municipio, se podrá abonar de la siguiente manera:

a) DE CONTADO: con un descuento del 10% (diez por ciento) de la Tasa resultante para el Año 2012, y con vencimiento el 20 de MARZO de 2012. -
b) EN HASTA CUATRO CUOTAS, A SABER:
1) PRIMERA CUOTA: del 25% (veinticinco por ciento) del total de la Tasa Resultante para el Año 2012, y con vencimiento el día 20 de MARZO de 2012. -
2) SEGUNDA CUOTA: del 25% (veinticinco por ciento) del total de la Tasa Resultante para el Año 2012, y con vencimiento el día 20 de JUNIO de 2012.-
3) TERCERA CUOTA: del 25% (veinticinco por ciento) del Total de la Tasa Resultante para el Año 2012, y con vencimiento el día 20 de SEPTIEMBRE de 2012.-
4) CUARTA CUOTA: del 25% (veinticinco por ciento) del total de la Tasa Resultante para el Año 2012, y con vencimiento el día 20 de NOVIEMBRE de 2012. -
Los contribuyentes que abonen la contribución en cuotas, podrán optar por cancelar la obligación anual en cualquiera de las cuotas indicadas precedentemente.-
A los fines de la exención subjetiva prevista en el Art. 238º inc. 2º de la Ordenanza General Impositiva Nº 1243/05, se fija como valor máximo del vehículo la suma de Pesos cuarenta mil ($ 40.000,00.-).
Facultase al Departamento Ejecutivo a prorrogar por Decreto, y bajo razones debidamente fundadas y relativas al normal desenvolvimiento Municipal, hasta 60 días las fechas de vencimientos precedentemente establecidas para cada uno de los pagos establecidos precedentemente. Y si la obligación tributaria no es cancelada en el período de prórroga, a partir de dicha fecha ser de aplicación los recargos correspondientes, salvo lo dispuesto en el Artículo 90º) en su parte pertinente.-

Comercio e Industria
Los contribuyentes que tributen los Servicios de Inspección General e Higiene que inciden sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, las formas de pago serán las siguientes:

PRIMER ANTICIPO: Las actividades desarrolladas durante el mes de Enero de 2012, hasta el 15 de febrero de 2012, con un descuento de un 10% si no registra deuda vencida.-
SEGUNDO ANTICIPO: Las actividades desarrolladas durante el mes de febrero de 2012, hasta el 15 de marzo de 2012 con un descuento de un 10% si no registra deuda vencida.-
TERCER ANTICIPO: Las actividades desarrolladas durante el mes de marzo de 2012, hasta el 15 de abril de 2012, con un descuento de un 10% si no registra deuda vencida. -
CUARTO ANTICIPO: Las actividades desarrolladas durante el mes de abril de 2012, hasta el 15 de mayo de 2012, con un descuento de un 10% si no registra deuda vencida. –
QUINTO ANTICIPO: Las actividades desarrolladas durante el mes de mayo de 2012, hasta el 15 de junio de 2012, con un descuento de un 10% si no registra deuda vencida.-
SEXTO ANTICIPO: Las actividades desarrolladas durante el mes de junio de 2012, hasta el 15 de julio de 2012, con un descuento de un 10% si no registra deuda vencida.-
SEPTIMO ANTICIPO: Las actividades desarrolladas durante el mes de julio de 2012, hasta el 15 de agosto de 2012, con un descuento de un 10% si no registra deuda vencida.-
OCTAVO ANTICIPO: Las actividades desarrolladas durante el mes de agosto de 2012, hasta el 15 de septiembre de 2012, con un descuento de un 10% si no registra deuda vencida.-
NOVENO ANTICIPO: Las actividades desarrolladas durante el mes de septiembre de 2012, hasta el 15 de octubre de 2012, con un descuento de un 10% si no registra deuda vencida. -
DECIMO ANTICIPO: Las actividades desarrolladas durante el mes de octubre de 2012, hasta el 15 de noviembre de 2012, con un descuento de un 10% si no registra deuda vencida. –
UNDECIMO ANTICIPO: Las actividades desarrolladas durante el mes de de noviembre de 2012, hasta el 15 de diciembre de 2012, con un descuento de un 10% si no registra deuda vencida.-
DUODECIMO ANTICIPO: Las actividades desarrolladas durante el mes de diciembre de 2012, hasta el 15 de enero de 2013, con un descuento de un 10% si no registra deuda vencida.-
Los importes abonados después de cada vencimiento, sufrirán un recargo del 3,00% (tres coma cero por ciento) mensual, o del 0,1% diario (cero coma uno por ciento) proporcionado por cada día de atraso en la mora, salvo lo dispuesto en el Artículo 90º) en su parte pertinente.-

Tasa de Servicios a la Propiedad
Las Contribuciones por los Servicios que presta la Municipalidad a la Propiedad Inmueble, se podrán abonar de la siguiente forma:
A) DE CONTADO:
1) Con un descuento del 10% (diez por ciento) de la Tasa resultante para el Año 2012, y con vencimiento el día 13 de Enero de 2012. -
B) EN HASTA SEIS CUOTAS, A SABER:
1) PRIMERA CUOTA: del 16.66% del total de la Tasa Resultante para el Año 2010, y con vencimiento el día 13 de Enero de 2012. -
2) SEGUNDA CUOTA: del 16.66% del total de la Tasa Resultante para el Año 2010, y con vencimiento el día 12 de Marzo de 2012.-
3) TERCERA CUOTA: del 16.66% del Total de la Tasa Resultante para el Año 2010, y con vencimiento el día 14 de Mayo de 2012. -
4) CUARTA CUOTA: del 16.66% del Total de la Tasa Resultante para el Año 2010, y con vencimiento el día 12 de Julio de 2012. -
5) QUINTA CUOTA: del 16.66% del Total de la Tasa Resultante para el Año 2010, y con vencimiento el día 12 de Septiembre de 2012. -
6) SEXTA CUOTA: del 16.66 % del Total de la Tasa Resultante para el Año 2010, y con vencimiento el día 12 de Noviembre de 2012. -
C) Los contribuyentes que abonen la contribución en cuotas, podrán optar por cancelar la obligación anual en cualquiera de las cuotas indicadas precedentemente.-
D) De no abonarse la obligación tributaria en los términos mencionados, les será de aplicación un recargo por mora del 3,00 % (tres coma cero por ciento) mensual, salvo lo dispuesto en el Artículo 90º) en su parte pertinente.-

 

Vencimientos del año 2011

Ordenanza Tarifaria 2011 >> Descargar


-Tasa de Servicios a la Propiedad

Pago de contado monto total con descuento del 10%, vence el 15/01/2011

Pago en cuotas con estos vencimientos:

Cuota Primera 15/01/11

Cuota Segunda 12/03/11

Cuota Tercera 12/05/11

Cuota Cuarta 12/07/11

Cuota Quinta 12/09/11

Cuota Sexta 12/11/11

Contribución Comercio e Industria

Pago antes del vencimiento de cada anticipo para contribuyentes que se encuentren al día, 7% sobre el monto a pagar

Vencimiento de cada anticipo:

Primer Anticipo 15/02/11

Segundo Anticipo15/03/11

Tercer Anticipo 15/04/11

Cuarto Anticipo 15/05/11

Quinto Anticipo 15/06/11

Sexto Anticipo 15/07/11

Séptimo Anticipo 15/08/11

Octavo Anticipo 15/09/11

Noveno Anticipo 15/10/11

Décimo Anticipo 15/11/11

Décimo Primer Anticipo 15/12/11

Décimo Segundo Anticipo 15/01/2012

Contribución Automotores

Pago de contado con descuento del 10%, vence el 20 de marzo de 2011

En cuotas con estos vencimientos:

Primera Cuota 20/03/11

Segunda Cuota 20/06/11

Tercera Cuota 20/08/11

Cuarta Cuota 20/10/11

Tasa Cementerio

Pago Contado con descuento del 10%, vence el 30 de junio de 2011.

En dos cuotas con vencimientos el 30 de junio y el 30 de noviembre de 2011.



Recuerde que el carnet de conducir vence en la fecha de su cumpleaños.



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